El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó promover un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que se desprende de las reformas a la ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por violar la seguridad de los datos personales y pretender violar diversos derechos humanos.

La Comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra, argumentó que el decreto que crea el padrón vulnera los derechos de los usuarios sobre datos personales y afecta su libertad de acceder a las telecomunicaciones.

“Acompaño en sus términos el presente acuerdo y considero necesario destacar la relevancia de la acción de inconstitucionalidad, en virtud de que es un medio de control de constitucionalidad”, señaló Lilia Ibarra.

Explicó que en la reforma se advierten “problemas constitucionales relacionados con la falta de proporcionalidad en la intervención a derechos humanos, que implica la creación de un padrón que incluye datos biométricos de las personas usuarias del servicio de telefonía móvil, en el que resulta obligatorio registrarse so pena de la cancelación del servicio, medida que también tiene efectos retroactivos en perjuicio de las personas que cuentan con el servicio de telefonía móvil desde antes de la entrada en vigor de la reforma”.

Otros aspectos observados por el Inai, sostuvo Ibarra Cadena, están relacionados “con el establecimiento de una vía diversa a los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición), cuya regulación resulta deficiente y con la falta de precisión respecto a las facultades sobre los datos del registro, así como en cuanto a la información personal que debe ser proporcionada por las personas usuarias”.

Además, las disposiciones del decreto afectan la libertad de acceder a información plural y oportuna, así como la de buscar, recibir y difundir información e ideas para las cuales el Estado debe garantizar el derecho a todas las tecnologías de la información y comunicación, e impactan en el tema de la identificación de las personas, función que de conformidad con la Ley General de Población corresponde a la Secretaría de Gobernación.

La comisionada presidenta sostuvo que “para cumplir plenamente con su carácter inexcusable de órgano garante, el Inai debe asumir una posición inequívoca” ante la creación del padrón.

Después de que el proyecto fuera aprobado por unanimidad, el comisionado Francisco Javier Acuña indicó que el INAI tiene dudas razonables sobre el padrón de telefonía móvil por lo que es necesario que el máximo tribunal del país haga un examen sobre su constitucionalidad, toda vez que el Instituto funge como la autoridad de resguardo de los datos personales.

“No tengo más que decir que me sumo, naturalmente, a las expresiones que harán mis compañeras y compañeros para solidificar esta posición que será histórica en la vida nacional”, señaló Acuña.

En su intervención, la comisionada Josefina Román, indicó que las reformas a la ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión contravienen los artículos 1, 14, 16 y 133 de la Constitución Política por lo que la Corte se debe pronunciar sobre su validez.

El comisionado Adrián Alcalá refirió que la nueva disposición pone en riesgo la privacidad de los datos personales y condiciona el acceso a la información y libre posicionamiento de las ideas además del principio de certeza jurídica al proporcionar datos biométricos.

“Lo que se pone en riesgo no es un tema menor, es la protección de datos personales de millones de personas en México, de tus datos, mis datos y de todos los que queremos y necesitamos contar con un teléfono celular, puntualizó Alcalá.

“Este instituto, como órgano garante a nivel nacional, no puede permanecer al margen de este tipo de reformas que, sin lugar a dudas, atenta contra los derechos que por mandato constitucional tutelamos”, apuntó.

La comisionada Julieta Del Río Venegas, al suscribir la acción, señaló que la ley no es clara sobre como el padrón nacional de usuarios de telefonía móvil ayudará a combatir la delincuencia y de qué forma se garantizará el resguardo de los datos personales.

En tanto, el comisionado Óscar Guerra expuso que cuando se presume que las leyes pueden generar una contradicción a la Constitución, es deber importante consultar al Poder Judicial su legalidad.

El funcionario también argumentó que la recopilación de datos con fines de garantizar la seguridad pública no han demostrado su idoneidad ni confianza para combatir actos ilícitos.

“Cuando existen indicios o se presuma alguna contradicción con la Constitución, el preguntar al Poder Judicial y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que son los competentes para resolver y dirimir este asunto, es lo más importante”, aseguró.

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