Oaxaca.- La LXIV Legislatura del Estado aprobó castigar hasta con 15 años de cárcel, a quien obligue a contraer matrimonio a una persona menor de edad a cambio de dinero, para prostituirla o esclavizarla.

Lo anterior, al adicionar un segundo párrafo al Artículo 28 de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en el Estado de Oaxaca.

La nueva redacción establece aumentar la sanción, que puede ir de 6 a 15 años de prisión, a quien obligue a contraer matrimonio a una persona menor de edad, de manera gratuita o a cambio de pago en dinero o en especie entregada a sus padres, tutor, familia.

La misma pena se aplicará a cualquier otra persona o grupo de personas que ejerza una autoridad sobre ella, o se realice con el fin de prostituirla o someterla a esclavitud o prácticas similares aun cuando se haya obtenido el consentimiento de la persona menor de edad.

También, con una reforma a las fracciones VI y VII del artículo 75 de esta ley, se estableció realizar las adecuaciones de armonización legislativa a las disposiciones normativas que cuentan con el nombre de instituciones ya desaparecidas o que han sido modificadas.

El artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que la edad mínima para contraer matrimonio son los 18 años sin excepción y, desde el 2016 el Código Civil para el estado de Oaxaca prohíbe, bajo ninguna dispensa, uniones conyugales entre menores.

No obstante, con el 39 por ciento de niñas y adolescentes que se casan antes de la mayoría de edad, Oaxaca es uno de los tres estados de la República Mexicana con mayor porcentaje (39.17) de matrimonio infantil en nuestro país, después de Chiapas (44.82%) y Guerrero (42.41%).

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