El Senado carece de interés legítimo para acudir a tribunales, señaló Sánchez Cordero

Ciudad de México.- El pasado 22 de noviembre, la federación emitió un decreto por el cual los proyectos y obras prioritarias de la “Cuarta Transformación” fueron clasificados de seguridad nacional, otorgándoles permisos especiales para su ejecución, así como facultades para ocultar información sobre las mismas.

De acuerdo a las autoridades, esta medida fue para “garantizar su ejecución oportuna, el beneficio social esperado y el ejercicio de los presupuestos autorizados”.

No obstante, diversos organismos se opusieron a dicho acuerdo, entre ellos el INAI, el cual acordó interponer una controversia constitucional por considerar que viola los derechos de transparencia y dificulta la difusión y entrega de información.

En este sentido, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) avaló por unanimidad, interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del acuerdo presidencial por el cual las obras prioritarias contarán con permisos provisionales y serán clasificados como seguridad nacional.

Durante la sesión pública del miércoles, la comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra, detalló que se encontraron “una serie de probables vicios de inconstitucionalidad que es pertinente elevar a la consideración de nuestro máximo tribunal” para que realice el análisis de su compatibilidad con la Carta Magna.

“A nuestro criterio el acuerdo en comento se traduce en un obstáculo a la aplicación del principio de máxima publicidad, en la medida en que dificulta la difusión y entrega de información relacionada con proyectos de infraestructura sin que abra la posibilidad de realizar una valoración caso por caso, lo cual está relacionada de manera directa con el ámbito de competencia del INAI”, añadió.

Recordó que el artículo sexto, apartado a, fracción primera, de la Constitución dispone que toda la información, en posesión de cualquier sujeto obligado, es pública y solo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.

El comisionado Francisco Acuña, señaló que no están, en este caso, controvirtiendo la faceta de autoridad que tiene el jefe del Ejecutivo Federal como jefe del Estado mexicano.

Por su parte, el Senado rechazó sumarse al INAI e interponer una controversia constitucional, ya que según la presidenta de la Cámara Alta, Olga Sánchez Cordero, “carece de interés legítimo”.

“Conforme a los criterios de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) se concluye que el Senado carece de interés legítimo para promover una controversia constitucional contra el acuerdo del presidente”, indicó en su cuenta de Twitter.

Esto luego de que 53 senadores de la oposición pidieran a Sánchez Cordero presentar la impugnación ante la Corte.

En respuesta a la declaración de la también exministra de la Suprema Corte y exsecretaria de gobernación del actual gobierno, la Senadora Lilli Tellez calificó a Sánchez Cordero como “sin vergüenza” y servil.

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