FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

El proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM) 237 elaborada por las secretarías de Economía (SE) y de Educación Pública (SEP) que busca regular los derechos y las obligaciones de las escuelas particulares en la prestación de servicios educativos, ha generado diversas inquietudes e inconformidades en padres de familia, instituciones y organizaciones civiles que advierten una “sobrerregulación” que generará costos excesivos para ambas partes, afectando a más de 18 mil colegios, 99 mil fuentes de trabajo y 630 mil alumnos. 

Y aunque Jesús Cantú, titular de la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia de la Secretaría de Economía, ha declaró que esto no ocurrirá con la implementación de la norma, asegurando que lo que buscan es dar certeza sobre los servicios educativos que ofrecen dichas instituciones y los costos de las mismas; las explicaciones oficiales no han sido suficientes para ganarse la confianza de las agrupaciones inconformes. 

Como Grupo Educación, una empresa familiar mexicana qué tiene un legado de responsabilidad en el área educativa desde hace más de 60 años y que hoy co-dirige Alejandra Carmona Ortega.

-Diego: Alejandra, ¿qué es la norma 237?

-Alejandra: Se trata en una norma creada por la Secretaría de Economía, por una dirección general de normas, y que su objetivo fue concedido cuando se publicó por primera vez en mayo, para regular a toda la comunidad educativa particular, pero desde el nivel básico, hasta el nivel superior. 

Nosotros estuvimos participando en el grupo de trabajo organizado por la Secretaría de Economía para discutir e intercambiar comentarios que había al respecto, pero después por alguna razón que desconozco, dejamos de ser invitados. 

Porque no compartíamos las interpretaciones, ni estábamos de acuerdo con los argumentos que la autoridad planteaba, pues simple y sencillamente nos dejaron invitar, pero bueno, eso es un antecedente. 

-Diego: ¿Qué pretende regular la Norma? 

-Alejandra: Va dirigida a todas las actividades que hacemos los particulares, en opinión de la Secretaría de Economía, pretende regular el aspecto comercial de las escuelas particulares. ¿A qué se refiere con aspecto de comercial? Pues a la información, pues como instituciones tenemos que dar a los padres de familia a los usuarios. ¿De cuánto nace las colegiaturas? ¿Cuáles son los periodos y nuestras reglas de operación?, las actividades extraescolares. 

Es decir, toda esta parte que ellos consideran el aspecto comercial, según la secretaría de economía, es lo que está norma pretende regular. Sin embargo, lo relevante de aquí del tema es que las escuelas particulares y, esto en específico que pretende regular la Norma, ya se encuentra contenido, tanto en la Ley General de Educación, y esto me refiero a nivel federal y, las leyes de educación que existen en cada estado y está en un sinnúmero de acuerdos y otras normas que regulan toda la actividad.

La norma pretende regular, nuevamente, estas obligaciones que tenemos frente a los padres y madres de familia. 

Quiere decirnos qué actividades extraescolares dar, los requisitos que debes de cumplir, cómo deben de estar reguladas las asociaciones de padres de familia y los derechos que tendrían dichas asociaciones de padres de familia, las becas que se tienen que otorgar, la publicidad que tenemos que hacer, las reglas y las características que deben de cumplir, las infraestructuras que tenemos, así como los requisitos de seguridad e higiene, qué procesos de excelencia educativa llevamos, por nombrar algunos. 

Todos esto ya está en alguna Norma que hoy por hoy existe, no solo en la 237, sino que ya está regulado y el ámbito de facultades quién nos revisa es la Secretaría de Educación Pública, qué dicho sea de paso, no se ha pronunciado al respecto, nosotros consideramos que hay una invasión de facultades, pues de la Secretaría de Economía a la SEP, pero la SEP no ha dicho absolutamente nada. 

Además, conforme a la Ley, una Norma Oficial Mexicana tiene como finalidad o su atender las causas de ciertos problemas que ponen en riesgo objetivos legítimos de interés público, la pregunta qué las instituciones particulares y otros grupos de organizaciones de la sociedad civil nos hacemos es ¿cómo es que la educación particular, de nivel básico que al final no es solo el fin básico, puede poner en riesgo objetivos legítimos de interés público? No nos queda muy claro.

La respuesta por parte de la autoridad se resume en 2,765 quejas que recibió Profeco, hacia instituciones particulares, sin que a la fecha sepamos si se refiere a instituciones particulares de nivel básico o si hay también quejas de parte de universidades, o si también ahí hay quejas de padres de familias, de usuarios, por ejemplo, de academias de bellezas, clases de danza. No sabemos. No ha habido transparencia en ese desglose de las quejas, pero pues además esas 2,765 quejas si tú las contarás con el universo de alumnos, según los datos de la INEGI, estamos hablando de 5.3 millones de alumnos, en instituciones particulares.

Entonces, saca la proporción de 2,765 quejas versus 5.3 millones, pues la verdad es que el 0.52% de usuarios que tienen una queja y aquí quiero hacer como muy clara, no estamos en contra de que los padres de familia o los usuarios se quejan, por supuesto que no, ellos tienen todo el derecho de manifestar y expresar lo que no les gusta, pero ya hoy por hoy hay canales para hacerlo. Está la propia Procuraduría qué cómo hacen sus procesos llama la conciliación de ambas partes y se tiene que llegar a algún acuerdo, pero a lo que voy es que los padres de familia y de los educados, hoy por hoy cuentan con una protección.

Y ahora, ¿cuál es el problema? El primer gran problema que señala la Norma, que no es nada más en cuanto a decir sobrerregulado, porque ya lo prevé la ley. Ya va a venir la SEP a revisarme a mí, ahora también voy a tener a PROFECO, que va a venir a revisarme a mí como escuela, sobre las mismas cosas que ya me revisa la SEP. 

Pero no se queda nada más ahí, la norma prevé la posibilidad con el fin de garantizar el derecho humano a la educación, porque es al final una garantía, un derecho humano, la educación, lo que lo que dice es que “oye es que si tu padre familia por cualquier razón, tú dejas de pagar dos colegiaturas, la escuela de todas formas está obligada a darte el servicio educativo”. Es decir, tu hijo tiene que poder seguir yendo a la escuela.

Eso hoy por hoy, ya sucede, y las escuelas somos muy empáticas con nuestra comunidad, con los padres de familia por supuesto que entendemos y hay un sin número de instituciones que han dado y dan concesiones y facilidades de pago y demás. Eso hoy por hoy, así se ve, pero el punto es, permitir eso, la pregunta que nos hacemos, ¿cómo es que podemos seguir operando si te llevas al extremo la Norma que todos mis alumnos se atrasen 2 meses en colegiaturas? que no recibas todos esos meses de colegiatura, pues con qué le paga a los docentes, con qué pagas la luz, con qué pagas el agua, con qué pagas la renta, no todas las instituciones educativas son dueñas de los inmuebles donde operan. Entonces hay un costo adicional que la escuela va a tener que asumir. 

Y luego por otro lado, nos están certifícate en calidad, tú puedes optar, institución particular, por decir “oye, yo quiero que vengas a verificar que yo cumplo con la norma y eso está puesto ahí, que sería cada 5 años, pero el costo lo vas a tener que pagar tú, escuela particular. No sabemos hoy por hoy, cuál sería ese costo, entonces ahí se incurre en un costo adicional, y además si viene la SEP y me revisa las instalaciones, y si en algo no cumplo me hago acreedora a una multa por parte de la SEP, eso está ya en la ley general de educación, pero ahora también va a venir PROFECO y me pueden multar. 

Entonces nosotros, las estimaciones que hacemos entre lo que hay que pagar de multa, lo que tengamos que hacer porque nos están pidiendo registrar nuestros contratos que tenemos con los padres de familia, también tenemos la obligación, por virtud de la Nom 237 de inscribirnos en PROFECO, pues eso cuesta, cuesta y requiere un representante legal que claramente son costos adicionales que se van sumando y que nos puede llevar a aumentar entre el 12 y 15% las colegiaturas para poder hacer frente a estos efectos.

-Diego: ¿Cuál consideras que pueda ser el verdadero objetivo de esta regulación? 

Fragmento del Artículo “Educación en riesgo”, publicado en la Revista POLIGRAFO, Política Gráfica Objetiva de Febrero, puedes descargarla aquí.

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