• En una iniciativa, el PVEM señala que petición de consentimiento sobre esterilización no debe ser durante la labor de parto

• Con la reforma, se reconoce el derecho de todas las mujeres a estar informadas y a decidir sobre sus cuerpos

El diputado Arturo Escobar y Vega (PVEM) presentó una iniciativa para reformar el artículo 67 de la Ley General de Salud, relativo a la planificación familiar, a fin de que “el personal médico solicite el consentimiento firmado, plenamente informado, con información oportuna, completa y adecuada, sin encontrarse en situación vulnerable o de crisis, antes de que se practique la esterilización”.

La Ley vigente señala que quienes practiquen esterilización sin la voluntad del paciente o ejerzan presión para que éste la admita, serán sancionados conforme a las disposiciones de ese ordenamiento, y la iniciativa sugiere agregar que también sea con base en la “Ley General de Víctimas”.

Independientemente de la responsabilidad penal en que incurran, como ya lo establece la Ley General de Salud, la propuesta plantea que “se ofrecerán reparaciones e indemnizaciones a las mujeres víctimas de esterilizaciones no consentidas”.

Con la reforma, turnada a las comisiones de Salud, para dictamen, y a la de Justica, para opinión, se reconoce el derecho de todas las mujeres a estar informadas y a decidir sobre sus cuerpos y en caso de que se conculquen los mismos puedan contar con un marco normativo que las respalde, se indica en la iniciativa.

En la exposición de motivos, el legislador argumenta que en la mayoría de las intervenciones para esterilización en hospitales públicos o privados, mediante un método definitivo o el dispositivo intrauterino, el consentimiento se obtiene durante la labor de parto, momento en que la mujer está vulnerable y no es, en absoluto, oportuno ni pertinente.

Agrega que durante el trabajo de parto la mujer se encuentra enfocada en el bienestar de su hija o hijo; por lo tanto, la obtención de una firma no es suficiente para considerar que un consentimiento médico fue obtenido de la manera adecuada y podría considerarse como violencia obstétrica.

Por lo tanto, el consentimiento obtenido en estas condiciones es violatorio de los derechos de las mujeres a decidir de manera libre el número de hijas o hijos que quiere tener, como lo establece la Constitución Política. Además, la norma oficial mexicana establece que no se efectuará ante situaciones de crisis o cuando la capacidad de raciocinio o decisión se encuentre alterada, señala.

Destaca que la esterilización sin el debido consentimiento informado de la mujer constituye un acto de tortura, trato cruel, inhumano y degradante, porque viola los derechos humanos a la salud, atención médica adecuada, a la igualdad, a la no discriminación, así como a la dignidad, todos ellos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México es parte.

En este sentido, el diputado Escobar y Vega menciona que según la más reciente Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares de 2016 (Endireh), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), de un promedio de 8.7 millones de mujeres de entre 15 y 49 años que transcurrían por un parto entre 2011 y 2016, más del 33 cien por ciento refieren haber padecido algún tipo de violencia obstétrica.

Es importante mencionar que en 2016 fue la primera ocasión en que se incorporan cuestionamientos para conocer y evaluar la experiencia de las mujeres en este ámbito primordial. “Dicha información revela que al 4.2 cien por ciento de las mujeres atendidas les fue colocado algún método anticonceptivo, o fueron operadas o esterilizadas, sin haberles preguntado o avisado”.

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