abril 8, 2026

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SCJN elimina prohibición de trabajar a beneficiarios de pensión por viudez del ISSSTE

En una decisión que fortalece los derechos laborales y de seguridad social en México, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una Declaratoria General de Inconstitucionalidad (15/2025) que beneficia directamente a miles de viudas y viudos derechohabientes del ISSSTE.

La Corte invalidó el artículo 12, fracción II, inciso c), de un Reglamento de Pensiones del ISSSTE, el cual permitía a la institución suspender el pago de la pensión a aquellas personas que se incorporaran al mercado laboral y cotizaran bajo el mismo régimen.

Los ministros determinaron que condicionar la pensión a la inactividad laboral es una medida que “vacía de contenido” la protección reforzada que la Constitución Federal otorga a la seguridad social.

El argumento central de la SCJN es que la pensión por viudez y el salario proveniente de un trabajo propio tienen orígenes distintos.

Ya que la pensión es un derecho generado por las aportaciones del trabajador fallecido para proteger a su familia. Mientras que el salario es la remuneración por el esfuerzo actual del beneficiario.

Con esta resolución, el ISSSTE ya no podrá aplicar esta restricción. El Pleno subrayó que el Estado debe garantizar que los deudos mantengan un nivel de vida digno, y que el hecho de que una persona decida trabajar para mejorar sus ingresos no debe castigarse con el retiro de una prestación que ya es un derecho adquirido.

Esta decisión marca un hito en la justicia social, eliminando un obstáculo que obligaba a muchas personas a elegir entre la precariedad económica o la renuncia a su desarrollo profesional.