CIUDAD DE M脡XICO. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n (SCJN) emiti贸 un fallo hist贸rico al determinar que las personas adultas mayores tienen derecho a recibir una protecci贸n reforzada dentro de los procesos penales en M茅xico.
A trav茅s del Amparo Directo en Revisi贸n 7330/2025, el m谩ximo tribunal del pa铆s estableci贸 que la defensa adecuada para este sector de la poblaci贸n no se limita 煤nicamente a la asignaci贸n de un abogado defensor. Por el contrario, exige que las autoridades jurisdiccionales implementen apoyos adicionales y ajustes procesales que respondan de manera directa a la edad, estado de salud y situaci贸n particular de vulnerabilidad del imputado.
De acuerdo con la resoluci贸n de los ministros, los jueces tienen ahora la obligaci贸n ineludible de informar a los adultos mayores sobre su derecho a contar con el acompa帽amiento de un agente especializado en sus derechos y condiciones de edad.
Dicha asistencia judicial tiene como objetivo principal identificar y superar las barreras estructurales o materiales que impidan a la persona comprender el desarrollo de su juicio o ejercer una defensa efectiva.
El criterio de la Suprema Corte aclara que la edad por s铆 sola no se traduce de forma autom谩tica en una condici贸n de vulnerabilidad. Por ello, las autoridades judiciales competentes deber谩n realizar una evaluaci贸n individualizada de cada caso concreto para determinar el grado de desprotecci贸n f铆sica, econ贸mica o social en que se encuentra la persona.
Este relevante precedente judicial deriv贸 de un litigio originado en el estado de Nuevo Le贸n, donde una pareja de la tercera edad, condenada por el delito de despojo, promovi贸 un juicio de amparo alegando que enfrentaron su proceso penal en condiciones de desigualdad al carecer de asesor铆a especializada.
Tras analizar las omisiones del caso, la Corte orden贸 revocar la sentencia previa para que se emita una nueva resoluci贸n que incorpore de forma plena estos est谩ndares de defensa con perspectiva de vejez.





