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  • Comisión de Quejas declara procedentes medidas cautelares solicitadas por el gobernador de Tamaulipas, al considerar que, en apariencia del buen derecho, se le imputan delitos y hechos falsos
  • Comisión de Quejas y Denuncias negó medidas cautelares solicitadas por Morena, al estimar que no se actualizan los elementos de la calumnia

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), en sesión virtual, resolvió dos medidas cautelares: una promovida por el gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, en contra del partido Morena por presunta calumnia, derivado de la difusión de dos promocionales pautados en radio y televisión para el Proceso Electoral Local en Tamaulipas. Y otra, solicitada por Morena en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI), por presunto uso indebido de la pauta, al difundir mensajes discriminatorios y discurso de odio derivado de la difusión de un spot. 

Procedente medida cautelar en contra de Morena, por actualizar calumnia

La Comisión de Quejas y Denuncias concedió la medida cautelar solicitada por Francisco Javier García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas, al considerar que con el promocional difundido en radio y televisión denominado SACA LAS MANOS DE LA ELECCIÓN se calumnia, aparentemente, al denunciante. 

Se estimó que, desde una óptica preliminar, las expresiones contenidas en el promocional SACA LAS MANOS DE LA ELECCIÓN en su versión para televisión y radio, “Cabeza de Vaca […] usa la intimidación en contra de todos los que queremos la transformación de Tamaulipas”,  “Cabeza de Vaca persigue y amenaza a la oposición en Tamaulipas”, así como “Estamos a pocos días de ponerle un alto al abuso de autoridad”, sí incluye la imputación de un delito contra el gobernador de Tamaulipas, lo que trasciende de un tema de interés general y no se encuentra amparado por la libertad de expresión.

Lo anterior es así, porque intimidación, abuso de autoridad y amenazas, son conductas previstas como delitos en los artículos 212, 224 y 305 del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.

En consecuencia, se ordenó a Morena para que de inmediato sustituya, en un plazo no mayor a seis horas, el referido promocional y se vinculó a las concesionarias de radio y televisión.

En cuanto al promocional SACA LAS MANOS DE LA ELECCIÓN V1, versión televisión y radio, el colegiado resolvió improcedente la medida cautelar, porque bajo la apariencia del buen derecho, no se advierte la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en el proceso electoral, puesto que los contenidos tanto auditivos como visuales,  corresponden, en principio, al punto de vista, posicionamiento y crítica del emisor del mensaje, en torno a temas que son parte del debate en los medios de comunicación y en los que se hace mención a una persona del ámbito público, como lo es el gobernador de Tamaulipas.

Promocional del PRI amparado bajo la libertad de expresión 

En otro asunto, la Comisión de Quejas y Denuncias negó la solicitud de medidas cautelares solicitadas por Morena en contra del PRI por presunto uso indebido de la pauta, calumnia, uso de mensaje discriminatorio y discurso de odio, derivado de la difusión del promocional para televisión denominado PRI AS, difundido en 25 entidades federativas.

Consideró que, desde una perspectiva preliminar, las frases “Hace unos días el presidente puso al mismo nivel a delincuentes y ciudadanos”, “Señaló que en México se vive una política distinta, donde a la delincuencia se le cuida” y “Morena es lo peor que le ha pasado a México”, no actualizan la calumnia, porque, en apariencia del buen derecho, no se advierte alguna frase que de forma unívoca implique una imputación específica de hecho o delito falso al quejoso de manera clara y sin ambigüedades o que sea parte de una campaña sucia en su contra.

Tampoco implica una pretensión de confundir al electorado, sino que versa sobre opiniones que, en principio están amparadas por la libertad de expresión, pues se trata de la perspectiva que el Presidente de México externó acerca de las personas delincuentes y el trato que deben recibir, sobre la cual, incluso, precisó que no se trataba de un desliz. 

De igual forma, la autoridad electoral no advirtió, en una visión preliminar, que el promocional incluya ideas y opiniones racistas, discriminatorias u hostiles, por lo que no constituye una apología del odio, incitación a la violencia, discriminación o persecución política en contra de grupos vulnerables, ya que no tiene la intención de hacer un llamado o a tomar acciones violentas en contra del partido Morena.

De misma forma, la Comisión declaró la negativa de la tutela preventiva al tratarse sobre hechos futuros de realización incierta.

Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.

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