• Del 01 al 29 de febrero de 2024, se beneficiará tanto a contribuyentes cumplidos como a los que tienen rezago; el Cabildo de Centro también aprobó que podrán pagarse en parcialidades los adeudos de años anteriores.

 
Villahermosa, Tabasco.- El Cabildo de Centro, para el periodo del 01 al 29 de febrero, aprobó a través del Programa de Incentivos Fiscales descuentos en el pago del impuesto predial y los derechos por consumo de agua, al igual que facilidades como pago en parcialidades de adeudos de años y bimestres anteriores -en ambos conceptos-.
   
Durante el mes de febrero 2024, en impuesto predial para los contribuyentes cumplidos: personas físicas tendrán un 15 por ciento de incentivo, aplicando en todas sus cuentas prediales; personas morales y/o jurídico colectivas: un 10 por ciento, siempre y cuando estén al corriente en sus pagos hasta el ejercicio fiscal 2023, adjudicado en un máximo de ocho cuentas prediales, de las cuales acredite su propiedad.
 
Para adultos mayores y personas con discapacidad cumplidos, se mantiene el 50 por ciento, debiendo estar al corriente en sus pagos hasta el ejercicio fiscal 2023; tener 60 años cumplidos presentando original y copia de credencial del INAPAM o INE vigente; en el caso de personas con discapacidad, mostrar identificación oficial vigente y el documento que acredite la existencia de la discapacidad, expedida por una institución pública de Salud, DIF Estatal o Municipal, o contar con su CRENAPED, en un máximo de dos cuentas prediales.
 
En cuanto a contribuyentes con rezagos: personas físicas tendrán incentivo del 50 por ciento en recargos, gastos de ejecución y multas, aplicando a todas las cuentas prediales; en personas morales y/o jurídico colectivas: 40 por ciento aplicando a ocho cuentas prediales, acreditando su propiedad y pagando la totalidad del adeudo; en adultos mayores y personas con discapacidad, el 50 por ciento en rezago y 65 por ciento en recargos, gastos de ejecución y multas aplicando a dos cuentas prediales, acreditando la propiedad.
 
En derechos de agua potable, los contribuyentes cumplidos en consumo doméstico: personas físicas tendrán el 20 por ciento debiendo estar al corriente en su pago del último bimestre facturado de 2023, el cual aplica a todos sus contratos; a personas morales y/o jurídico colectivas en consumo comercial, público e industrial, el 15 por ciento de incentivo y aplica a cinco contratos.
 
Para adultos mayores y personas con discapacidad en consumo doméstico, el 50 por ciento de incentivo y estar al corriente en su pago del último bimestre facturado, aplicando a un máximo de dos contratos.


 
A los contribuyentes con rezagos, personas físicas y con uso doméstico: el 20 por ciento en consumo de agua de bimestres anteriores y el 60 por ciento en recargos y actualizaciones; a personas morales y/o jurídico colectivas, de uso comercial, pública e industrial, el 10 por ciento por consumo de bimestres anteriores y el 50 por ciento en recargos y actualizaciones.
 
En adultos mayores y personas con discapacidad, en consumo doméstico el 50 por ciento por consumo de agua, cuota fija de alcantarillado, consumo de bimestres anteriores, recargos, actualizaciones y aplica a dos contratos.
 
En este orden, el pago en parcialidades de adeudos de años anteriores y bimestres anteriores en impuesto predial en el mismo periodo definido, es pago por ejercicio fiscal y aplica a todas las cuentas pagando la totalidad del ejercicio fiscal; en derechos de agua de consumo doméstico, comercial e industrial es pago por seis bimestres, aplicando a todos los contratos y pagando la totalidad de los seis bimestres.

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