La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, desechó la impugnación presentada por el PAN y Alessandra Rojo de la Vega Piccolo, porque no se reunieron los requisitos aplicables que exige el recurso de reconsideración para admitir a estudio la demanda, toda vez que la Sala Regional Ciudad de México sólo analizó el caso por razones de legalidad.
Asimismo, desechó 223 impugnaciones presentadas por diversas ciudadanas y ciudadanos. Por un lado, porque cuatro de las demandas carecían de firma autógrafa y, por otro, se estimó que no se reunían los requisitos para proceder al análisis de sus peticiones, porque se controvertía una sentencia en la cual la Sala Regional Ciudad de México decidió desechar las demandas, ya que no contaban con interés jurídico para combatir el recuento de votos.
A propuestas de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, la Sala Superior, en sesión pública por videoconferencia, desechó las demandas interpuestas en contra de las sentencias emitidas por la Sala Regional Ciudad de México.
En consecuencia, se desecharon las demandas (SUP-REC-854/2024, y SUP-REC-855/2024 y acumulados).