* La iniciativa busca establecer que ning煤n derecho pol铆tico puede ser restringido o suspendido, salvo cuando exista una sentencia firme que lo amerite
*San Raymundo Jalpan, Oax., a 09 de enero de 2026.-* Integrantes de la Comisi贸n Permanente de Democracia y Participaci贸n Ciudadana del Congreso del Estado presentaron una Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, con la finalidad de garantizar el derecho al voto activo de las personas que se encuentran en prisi贸n preventiva, en apego al principio de presunci贸n de inocencia y a los est谩ndares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
La propuesta legislativa plantea armonizar la normativa local con criterios constitucionales y jurisdiccionales vigentes, a fin de asegurar que las personas privadas de la libertad sin sentencia condenatoria firme conserven plenamente sus derechos pol铆tico-electorales.
En este sentido, se propone reformar la fracci贸n V del numeral 2 del art铆culo 12 de la citada Ley, a efecto de establecer que el derecho al voto 煤nicamente podr谩 restringirse mediante resoluci贸n firme que suspenda o prive de dichos derechos, y que en ning煤n caso se vea limitado por la sola circunstancia de encontrarse privado de la libertad sin sentencia con efectos de ejecutoria.
Tambi茅n, se reforma la fracci贸n V del numeral 1 del mismo art铆culo, para permitir a las personas que se encuentran en prisi贸n preventiva emitir su sufragio en la secci贸n electoral correspondiente a su domicilio o, en su caso, mediante procedimientos especiales que garanticen el ejercicio de este derecho desde los centros de reclusi贸n.
Al presentar la iniciativa, la diputada Tania L贸pez L贸pez, subray贸 que los derechos de participaci贸n pol铆tica reconocidos en la Constituci贸n Pol铆tica de M茅xico son derechos fundamentales que el Estado tiene la obligaci贸n de respetar y garantizar de acuerdo con el art铆culo 20, que establece que toda persona debe ser tratada como inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme, por lo que la suspensi贸n de derechos pol铆tico-electorales solo puede actualizarse cuando se emite una resoluci贸n judicial con efectos de ejecutoria.
Adem谩s, mencion贸 precedentes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci贸n, en los que se reconoce el derecho al voto de personas privadas de la libertad sin sentencia, reforzando as铆 la necesidad de que este derecho quede claramente establecido en la legislaci贸n estatal.
La propuesta fue suscrita por las y los diputados integrantes de la Comisi贸n Permanente de Democracia y Participaci贸n Ciudadana: Dulce Bel茅n Uribe Mendoza, Tania L贸pez L贸pez, Lizbeth Anaid Concha Ojeda, Oliver L贸pez Garc铆a e Iv谩n Osael Quiroz Mart铆nez, y fue turnada a dicho 贸rgano legislativo para su an谩lisis, estudio y dictamen correspondiente.
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