* La ICC México solicita participar de mesas de trabajo colaborativas para crear una norma que cumpla con las expectativas de contribuir a la seguridad de los usuarios de tecnologías digitales en México
Ciudad de México.- La International Chamber of Commerce México (ICC México) considera fundamental la construcción y aprobación de una Ley Federal de Ciberseguridad para proteger las oportunidades que ofrece la economía digital, particularmente para los países en desarrollo que necesitan alcanzar un crecimiento sostenible y un entorno que permita fomentar la confianza, como es el mexicano, donde todos y cada uno de los sectores interesados sean escuchados, con el objetivo de lograr una legislación clara, oportuna y, sobre todo, de avanzada.
Sin duda, en la ICC México estamos conscientes de que la seguridad nacional, así como la estabilidad económica y social dependen de un marco de ciberseguridad competente, de la misma forma que de lineamientos/legislación y cooperación entre sectores para proteger los activos de los efectos devastadores de los ataques cibernéticos.
La crisis sanitaria, actuó como catalizador de la transformación digital de la región. Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) fueron y son la fuerza impulsora detrás de la evolución de la economía digital, por ello la ciberseguridad es fundamental para sostener un modelo tecnológico robusto e innovador.
Ante la importancia que las necesidades actuales plantean y el reto de construir una iniciativa consensuada por los diferentes agentes económicos, políticos y sociales, la Comisión de Economía Digital de la ICC México sugiere como lo más eficiente en este momento, por la complejidad y versatilidad de la materia, adoptar modelos, lineamientos y buenas prácticas y trabajar entre el Estado y las partes interesadas de forma mancomunada y con responsabilidades claras y limitadas para cada partícipe en la cadena de valor.
Solicitamos, explícitamente, que cualquier iniciativa o lineamientos que se generen en esta Ley Federal de Ciberseguridad, deben contener y detallar sólidas salvaguardas procesales y de derechos humanos para regir las investigaciones penales; asimismo, debe garantizar que cualquier injerencia en derechos como la privacidad, cumpla con los estándares internacionales — legalidad, necesidad y proporcionalidad —; incluso, se debe exigir una autorización judicial independiente para aprobar las medidas de intervención, tal como dictaminó la Corte Suprema en el año 2017.
Para la ICC México es de vital importancia reconocer que la temática que se trata de regular es compleja por sí misma y necesita de múltiples actores y disciplinas para lograr su finalidad, por lo que se necesita de la participación de los múltiples agentes que formamos parte del entorno digital.
Para que sea efectiva, será necesario que los legisladores convoquen, escuchen y tomen las consideraciones que los distintos stakeholders aportan sobre ciberseguridad; por tal motivo, proponemos y quedamos a disposición de participar de mesas de trabajo colaborativas para así lograr crear una norma o lineamiento que cumpla con las expectativas, con el objetivo de asegurar que cualquier lineamiento o legislación en materia de ciberseguridad respete los derechos humanos y contribuya realmente a la seguridad de las personas usuarias de tecnologías digitales en México.
Es importante recordar cómo en el país, y con la finalidad de mitigar prácticas delictivas a través del uso de servicios de telecomunicaciones, mediante un trabajo conjunto entre la industria y las autoridades, se logró reducir los delitos de extorsión cometidos desde centros penitenciarios.
La medida surgió inicialmente por un mandato de autoridad especifico, con rigidez regulatoria, la cual no fue posible implementar; por ello, la industria de forma mancomunada logró una solución innovadora mediante un “acuerdo de colaboración voluntaria” y así disminuir considerablemente estos delitos.
De la misma forma, consideramos que en toda normativa lo recomendable es utilizar terminología ya definida en otros plexos regulatorios internos, así como fuentes internacionales de gran prestigio, siempre teniendo en cuenta que la interpretación y/o aplicación sea conforme a conceptos y definiciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a otras leyes vigentes del marco legal.