- Surtió efectos a partir del 1 de julio de 2023
- De 156 organizaciones que notificaron su intención de constituirse como Partido Político Local, 41 presentaron solicitud de registro y sólo 25 lograron obtenerlo
Los Organismos Públicos Locales (OPL) de 10 entidades del país, otorgaron el registro a 25 nuevos Partidos Políticos Locales (PPL), mismo que surtió efecto a partir del 1 de julio de 2023, cuyas afiliaciones fueron validadas por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Así lo establece el Quinto Informe sobre el Proceso de Registro de Partidos Políticos Locales 2022-2023, presentado en sesión ordinaria de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos.
Inicialmente, 156 organizaciones presentaron su notificación de intención para constituirse como Partido Político Local.
De acuerdo con el documento, entre el 27 de marzo y el 19 de mayo se emitieron 41 dictámenes, luego de que la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) notificó a los OPL el resultado de la verificación del número mínimo de personas afiliadas a cada una de las 41 organizaciones que presentaron su solicitud de registro.
Las entidades donde los institutos electorales locales determinaron la procedencia del registro de PPL son: Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Guerrero, Michoacán, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora y Zacatecas. El informe precisa que los OPL de Baja California y Sinaloa todavía están pendientes de resolver, así como las determinaciones que, en su caso, emitan las autoridades jurisdiccionales.
En Baja California Sur procede el registro como partido local de Movimiento Laborista Baja California Sur, A. C.; en Campeche, de Laak Campeche, A.C. y Campeche Libre, A.C; en Chihuahua, de Un Siglo con el Pueblo, A.C. y Cohesión Ciudadana por Chihuahua, A.C.
En Guerrero, de Organización Ciudadana Juntos Avanzamos A.C.; Vamos con más Fuerza por Guerrero A.C.; Acciones y Soluciones por Copala A.C.; Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario Guerrero A.C.; Venciendo la Pobreza en Zonas Bulnerables A.C. (sic); Movimiento Laborista Guerrero A.C.; Bienestar y Solidaridad Guerrero A.C. y Guerrero Uniendo Esfuerzos por un México Desarrollado A.C.
En Michoacán, el OPL determinó procedente el registro de Michoacán al Frente, A.C.; Tiempo X México, A.C. y Vía Democrática para Michoacán, A.C.
En Nuevo León, procede el registro de Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario Nuevo León, A. C.; Esperanza Regia, A. C.; Organización Liberal de Nuevo León, A. C. y Vida Democrática Activa en Nuevo León A. C. y, en Querétaro, de Querétaro con Rumbo, A. C.
En San Luis Potosí procede como PPL Movimiento Laborista San Luis A.C.; en Sonora, Partido Sonorense y en Zacatecas, Movimiento Autónomo Zacatecas A.C. y Revolución Popular Zacatecas A.C.
En estos términos, de conformidad con el artículo 17, párrafo 3 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), la DEPPP ya inició con las inscripciones en los Libros de Registro, respecto a las entidades que han informado lo relativo y remitido la documentación correspondiente.
Cabe recordar que, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la LGPP, la organización que pretenda constituirse en PPL deberá acreditar militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad, los cuales deberán contar con Credencial para Votar y que, bajo ninguna circunstancia, el número total de sus militantes podrá ser inferior al 0.26% del Padrón Electoral utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate.