- México Evalúa presentó la investigación Las audiencias judiciales virtuales en México después de la pandemia, como parte de sus esfuerzos de análisis sobre la justicia digital.
- Sólo siete poderes judiciales garantizan la publicidad de las audiencias virtuales; mientras que diez carecen de un registro del número de audiencias virtuales realizadas.
- Armonizar la regulación para el desarrollo de las audiencias virtuales permitirá avanzar en materia de justicia digital, reducir los riesgos de corrupción y mejorar la eficiencia de los poderes judiciales.
Ciudad de México.- Si bien el uso de plataformas de videoconferencias para la realización de las audiencias judiciales ha sido clave para permitir a los poderes judiciales seguir ofreciendo sus servicios durante la pandemia, hoy no existe una política homogénea en el país en cuanto a esto uso y solamente siete poderes judiciales tienen previsto medidas para asegurar su publicidad, pese a que sea un requisito para el debido proceso. Esto revela la investigación Las audiencias judiciales virtuales en México después de la pandemia, que presentó hoy México Evalúa, como parte de sus esfuerzos de análisis sobre la justicia digital.
El reporte hizo un análisis cualitativo y cuantitativo que buscaba analizar la evolución del uso de las audiencias judiciales virtuales entre 2018 y 2023. Para ello, el Programa de Transparencia en la Justicia de México Evalúa solicitó a los 32 poderes judiciales del país información sobre las materias en las que utilizan esta herramienta, los programas de capacitación para su uso, los cambios o mejoras en la infraestructura que han sido necesarios, así como las reglas y lineamientos que han realizado para guiar su uso.
Adicionalmente, se realizaron ocho estudios de caso, donde se desarrollaron entrevistas con personas funcionarias y abogadas de las siguientes entidades: Coahuila, Ciudad de México, Guerrero, Estado de México, Nuevo León, Querétaro, Tamaulipas y Yucatán.
Del total de los poderes judiciales del país, ocho reportaron que ya contaban con regulación interna para el uso de audiencias virtuales antes de la pandemia por lo que el uso de estas audiencias se planeó y no fue consecuencia de la emergencia sanitaria. En tanto, 24 poderes judiciales reportaron haber emitido su primera regulación para realizar dichas audiencias durante la pandemia. Pero solamente siete comentaron haber adoptado acuerdos específicos para modificar el uso que dan a las audiencias virtuales después de la pandemia.
Sin embargo, para saber si realmente se usan las audiencias virtuales, se preguntó a los poderes judiciales el número de audiencias que realizaron de manera virtual en el periodo, y 10 de ellos reportaron no contar con un registro de estas audiencias. De los 22 poderes judiciales que sí cuentan con un registro, algunos reportaron menos de 20, mientras que los que reportaron un mayor número de estas audiencias fueron Guanajuato y Baja California con aproximadamente 120 mil y Tamaulipas y Nuevo León con cerca de 78 mil. En cuanto a las materias en las que se utiliza dicha herramienta, la más frecuente es la materia penal, seguido de la familiar y luego las civil, mercantil y laboral.
De acuerdo con el estudio, el alcance del uso de las audiencias virtuales por parte de los poderes judiciales es muy diverso. En algunos estados, la regla es que todas las audiencias sean presenciales, como es el caso de Tlaxcala, Zacatecas, Ciudad de México y Querétaro; mientras que en otras entidades, como Nuevo León, la mayoría de audiencias son virtuales o híbridas.
“Si bien este poder judicial decidió mantener el uso de audiencias virtuales porque mejora la eficiencia del poder judicial y permite a los órganos de justicia tramitar los asuntos con mayor celeridad, reduciendo la carga de trabajo que aqueja a muchos poderes judiciales, en la mayoría de los casos no queda claro cómo el Poder Judicial tomó una decisión en cuanto al uso de audiencias judiciales virtuales, pues no existen evaluaciones internas para saber con certeza cuáles han sido sus beneficios y retos”, expresó Laurence Pantin, co-autora del estudio.
El documento fue presentado en una conferencia de prensa, en donde expertos coincidieron en la necesidad de evaluar la pertinencia de la virtualidad de las audiencias con base en el respeto a los derechos humanos y el debido proceso. En el evento participaron Verónica Hinestroza, asesora jurídica senior y directora interina de la oficina de Europa de Fair Trials; Omar Guerrero, socio director de Hogan Lovells México; Mariana Campos, directora general de México Evalúa; Siegfried Herzog, director regional de la Fundación Friedrich Naumann; y Miguel Felipe Mery Ayup, magistrado presidente del Poder Judicial de Coahuila.
Un desafío detectado por México Evalúa en este análisis son las medidas para garantizar la publicidad de las audiencias judiciales virtuales, un principio indispensable para asegurar el debido proceso. La publicidad permite la observación y evaluación de los procesos y contribuye a reducir los riesgos de corrupción, de ejercicio indebido del poder e incluso la ineficiencia. Al respecto, sólo siete poderes judiciales reportaron haber emitido disposiciones para garantizar la publicidad de las audiencias virtuales.
El documento incluye una serie de recomendaciones para mejorar el uso de audiencias virtuales en el país, que incluyen: armonizar la regulación interna de las audiencias virtuales, desarrollar protocolos para su realización, prever mecanismos para su publicidad, contar con un registro y hacer evaluaciones sobre su uso.
Documento completo en : https://www.mexicoevalua.org/las-audiencias-judiciales-virtuales-en-mexico-despues-de-la-pandemia/