La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió por tiempo indefinido la difusión de una versión pública del contrato firmado por el Gobierno de México para comprar la vacuna rusa anticovid Sputnik V.

La Corte admitió el martes un recurso de revisión promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal a cargo de Julio Scherer quien se presume ha estado presente en las visitas de Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN a Palacio Nacional, precisamente este ministro fue quien concedió en automático la suspensión.

Tal recurso había sido promovido por el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), sin embargo, la Consejería con su facultad de cuestionar órdenes de entrega de información del Instituto que, a su juicio, pongan en “peligro” la seguridad nacional decidió impugnarla ante el máximo tribunal.

Ahora, el asunto fue turnado al ministro Jorge Pardo, a fin de que elabore el proyecto respectivo y podría pasar más de un año para que el pleno de la SCJN resuelva el caso.

En marzo de 2021, la Secretaría de Salud había clasificado todos los contratos para compra de vacunas como información reservada durante cinco años.

Sin embargo, el 13 de abril el INAI ordenó difundir versiones públicas, así que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) cumplió en el caso de las vacunas de Pfizer, CanSino y AstraZeneca, así como del mecanismo Covax de la ONU.

Pero en el caso de Sputnik V se argumentó que no había autorización de la farmacéutica Human Vaccine para difundir ni siquiera una versión pública, y que en caso de hacerlo, se pondría en riesgo el suministro de la vacuna, lo cual hasta el momento, representa solo el 8 por ciento de las 46.2 millones de dosis que han llegado a México.

También se alegó que el gobierno sigue en negociaciones con la empresa para que cumpla la entrega de todas las dosis pactadas, además que se prevé que el antídoto ruso sea envasado en territorio nacional.

El caso regresó al INAI, que el pasado 19 de mayo dictó, por unanimidad, dos ordenes distintas, que ahora están suspendidas.

Por una parte, el Instituto ordenó entregar copia del acta del Comité de Transparencia de la Secretaría de Salud que contenga los argumentos para justificar la la reserva parcial que se hizo en las versiones públicas de los contratos con las demás farmacéuticas.

También había dispuesto difundir una versión del contrato de Sputnik V de la que se puedan censurar múltiples datos, entre ellos precios, costos, detalles y calidad del producto, entregas, garantías, pedidos, facturación, pagos, consecuencias de incumplimiento, y secretos comerciales e industriales.

Aún a pesar de todas esas limitaciones, el Ejecutivo consideró necesario frenar la orden del INAI y someterla a revisión de la Corte.

Este es el tercer recurso de revisión por “seguridad nacional” que se promueve en este sexenio.

(Con información de Reforma)

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