Oaxaca.- El Congreso de Oaxaca reformó el Código Civil del Estado, para anular donaciones a descendientes que incumplan con el otorgamiento de los alimentos a sus padres y madres mayores de edad.

La adición de la fracción III al Artículo 2245 de la legislación mencionada, ahora establece que una donación podrá ser revocada por ingratitud, además de las situaciones ya previstas en la normatividad vigente, cuando el donante fuera adulto mayor, y quienes tuvieran la obligación de otorgar alimentos no lo hicieran.

De esta forma el Poder Legislativo del Estado de Oaxaca dejó firmes garantías de protección para que las personas adultas mayores no sufran abandono por parte sus hijos y herederos.

También, deja a salvo los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, mismos que deben ser velados por el aparato gubernamental estatal.

La LXIV Legislatura indicó que resulta fundamental garantizar una vida digna a las personas en edad de la senectud, toda vez que muchas, una vez realizada la donación de sus bienes, enfrentan un panorama desolador cuando sus hijos o descendientes venden los inmuebles y no cumplen su promesa de ocuparse en la manutención, protección y cuidados.

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