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El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó, este viernes, el decreto que reforma el artículo 148 del Código Penal Federal. El documento entrará en vigor mañana sábado 7 de enero.
El texto sustituye el término “potencia amiga” por el de “nación extranjera”, en relación a todo ataque o violencia de cualquier género a los escudos, emblemas y pabellones.
Explica que esta sustitución tiene el objetivo prescindir de interpretaciones que acentúen las brechas de desigualdad entre países, al limitar la protección de los Estados con base en criterios subjetivos o discriminatorios.
Resalta la relevancia de la protección de los Estados ante actos que supongan un menoscabo al respeto y paz universal, como los ataques o violencia de cualquier género hacia sus escudos, emblemas o pabellones.
Precisa que incorporar la frase “nación extranjera” atiende al concepto primigenio de “Estado-Nación”, que alude a la integridad territorial, a la población que lo habita y al gobierno que lo rige.
Señala que se aplicará prisión de tres días a dos años y multa de 100 a dos mil pesos por todo ataque o violencia de cualquier género a los escudos, emblemas o pabellones de “otra nación extranjera”.
El documento se aprobó en la Cámara de Diputados el pasado 21 de marzo de 2021 y posteriormente, en el Senado de la República, el 24 de noviembre de 2022.