• Sancionar con severidad las agresiones de carácter físico, sexual y psicológico, es el objetivo del dictamen.

La Comisión de Estudios Legislativos Segunda, que preside el senador Rafael Espino de la Peña, aprobó un dictamen que reforma el Código Penal Federal, para incrementar hasta en una mitad las sanciones establecidas para la violencia física, sexual y psicológica en contra de las mujeres, en caso de que estén embarazadas.  

La legislación vigente prevé, entre otras sanciones, prisión de dos a nueve años y de 50 a 500 días de multa para quien cometa lenocinio; de dos años a nueve años de cárcel y de 30 a 100 días multa para la intimidación; de ocho a 20 años por violación; y de cinco a ocho años de prisión al que infiera una lesión de la que resulte una enfermedad.  

Con la reforma a éstas y otras penas que se establecen en los artículos 206, 219, 260, 265, 282, 291, 292 y 293 del Código Penal Federal, dichas sanciones se incrementarían hasta en una mitad, en caso de que la víctima sea una mujer embarazada.  

En el dictamen, las y los senadores consideraron que es obligatorio legislar para prevenir y en su caso, establecer los tipos penales que permitan castigar con la debida severidad aquellas conductas que se traduzcan en violencia durante la etapa del embarazo, sean de carácter físico, sexual o psicológica/emocional.  

Se trata, enfatizaron, de evitar graves afectaciones durante el embarazo y que ello pueda incidir o limitar el desarrollo del feto o bebé. 

Las y los senadores que integran este órgano legislativo aprobaron que dichas sanciones se apliquen de acuerdo con lo previsto en el artículo 52 de este ordenamiento, que establece que el juez fijará las penas y medidas de seguridad que estime justas y procedentes dentro de los límites señalados para cada delito. 

Lo anterior, con base en la gravedad del ilícito, la calidad y condición específica de la víctima u ofendido y el grado de culpabilidad. 

Precisaron que el proyecto busca atender tres tipos de violencia en contra de este grupo poblacional, en particular la psicológica, física y sexual. 

Los senadores mencionaron que no es admisible, en ninguna circunstancia, cualquier tipo de violencia contra la mujer, y menos durante la etapa del embarazo, por lo que es deber de toda autoridad, cualquiera que sea su ámbito de competencia u orden de gobierno, cuidar, proteger, asegurar y salvaguardar la integridad y desarrollo de las mujeres embarazadas. 

Ellas, afirmaron, deben estar ajenas a cualquier tipo de violencia por parte de las parejas, familiares, compañeros de trabajo, conocidos o de cualquier persona. 

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