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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió por unanimidad de votos seis solicitudes de medidas cautelares solicitadas por diversos ciudadanos, partidos y actores políticos: cinco por posibles actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos, uso de programas sociales con fines electorales, y una más por violencia política en razón de género.

Se ordena eliminar parte de las mañaneras del tres y siete de agosto  

Una ciudadana presentó una denuncia contra varias personas servidoras públicas, incluido el Titular del Poder Ejecutivo, por la difusión y exposición de diversas manifestaciones presuntamente constitutivas de violencia política por razón de género en su perjuicio, derivado de expresiones realizadas durante las conferencias matutinas, conocidas como las “mañaneras”, del 3 y 7 de agosto del año en curso.

Al respecto, se concluyó como procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas, únicamente en la parte en la que se reproducen nuevamente los contenidos que ya habían sido calificados que contenían elementos de género y que podrían constituir violencia política contra las mujeres en razón de género, realizadas en los días 10 y 11 de julio del año en curso, pues éstos ya habían sido objeto de estudio en el acuerdo ACQyD-INE-153/2023, en acatamiento a lo mandatado por la Sala Superior en el SUP-REP-272/2023, por lo que la oficina de la presidencia deberá eliminar o modificar las publicaciones. 

Por cuanto hace a la solicitud del retiro total de las conferencias matutinas del 3 y 7 de agosto del año en curso, se declaró improcedente ya que de un análisis preliminar se considera que las mismas no constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género, pues se está ante una crítica dura hacia una ciudadana en la contienda política, lo cual está amparado en la libertad de expresión.

Ordenan retirar espectaculares de Adán Augusto López al concluir vigencia

El colegiado conoció dos denuncias por la colocación de espectaculares de las revistas “Infotur Noticias” Reportaje especial. Edición No. 247 Mayo 2023, y “Revista Valores. La visión joven de México”, edición julio, en cuyas portadas se visualiza la imagen de Adán Augusto López Hernández.

Bajo la apariencia del buen derecho y desde una óptica preliminar, se consideró que las revistas rebasaron los límites de una posible estrategia comercial o publicitaria de las ediciones de mayo y julio, pues su vigencia ha concluido. En consecuencia, se ha instruido a ambas revistas a retirar la publicidad, con el objetivo de evitar afectaciones al principio de equidad en la próxima elección de 2024. 

Asimismo, se concluyó que los hechos denunciados podrían vulnerar los Lineamientos generales para regular y fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda, realizados en los procesos políticos aprobados por el Consejo General, ya que se advierte el empleo de propaganda con contenido proselitista.

En una tercera queja, el colegiado negó las medidas cautelares solicitadas en contra de Adán Augusto López, derivado de la celebración de un evento en los Mochis Sinaloa, pues se trata de actos consumados de manera irreparable, ya que éste tuvo lugar el 27 de junio de 2023; de igual forma se declaró improcedente la tutela preventiva, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Sobre el uso indebido de recursos públicos será el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que se pronuncie al resolver el fondo del asunto.

Se ordena retiro de pinta de bardas en la CDMX

Los partidos de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN), así como una ciudadana, denunciaron a Claudia Sheinbaum Pardo y al partido político Morena, por la supuesta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y la colocación de propaganda electoral en edificios públicos de la Ciudad de México.

La Comisión determinó improcedente la medida por cuanto hace a 6 bardas, en virtud de que se trata de actos consumados, pues a la fecha no se acreditó su pinta y, por otro lado, consideró procedentes las medidas por lo que hace a las pintas existentes con el hashtag “#EsClaudia” y “Para que siga la transformación, y con la leyenda “En la Encuesta Claudia es la Respuesta”, contenidas en 34 bardas, pues su contenido pudiera afectar los principios de la equidad en las contiendas, por lo que deberá retirarlas.

Aspirantes a coordinar Comités de Defensa deberán retirar publicaciones en redes sociales y revisar que el contenido vigente cumpla con el acuerdo INE/CG448/2023 y la normativa electoral

Dos ciudadanos denunciaron a los aspirantes a “Coordinador/a del Comité de la Defensa de la Cuarta Transformación”, por posibles actos anticipados de precampañas y campaña, presunto uso de programas sociales con fines electorales, así como por el incumplimiento de acuerdos ACQyD-INE-104/2023 y ACQyD-INE-134/2023, emitidos por la Comisión en junio y julio del presente año.

Al respecto, se determinaron procedentes las medidas cautelares pues el contenido de las publicaciones, desde una óptica preliminar, hace que se pudieran configurar actos anticipados de precampaña y/o campaña, por lo que deberán ser retiradas de internet, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa en que se haya difundido dicho contenido, bajo su dominio, control o administración.

De igual forma se declaró procedente la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, a efecto de ordenarles a las 6 personas aspirantes para ser Coordinadoras de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, realicen una revisión de las publicaciones que se difunden en sus redes sociales, relacionadas con su participación en el proceso, para verificar que las mismas cumplan con los parámetros ordenados en el acuerdo INE/CG448/2023 y, en su caso, editen o eliminen aquellas que pudieran incumplir con la normativa en materia electoral.

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