CIUDAD DE MÉXICO. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que el Congreso del Estado de Jalisco incurrió en una omisión legislativa y lo obligó a eliminar de manera definitiva la figura de la adopción simple a más tardar al concluir su próximo periodo ordinario de sesiones.
Al resolver el amparo en revisión 120/2026, el Pleno del máximo tribunal del país determinó que este modelo legal resulta incompatible con el interés superior de la niñez, ya que restringe los derechos de los menores al generar vínculos jurídicos únicamente entre la persona adoptante y la adoptada, excluyendo al entorno familiar extendido.
Los ministros de la Suprema Corte recordaron que, desde el año 2019, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a nivel federal reconoce exclusivamente la adopción plena e irrevocable, por lo que todos los estados del país deben acatar este mandato general.
El tribunal constitucional enfatizó que la adopción plena es el único mecanismo legal que asegura estabilidad, seguridad jurídica e igualdad filiatoria para las infancias, garantizando además el pleno ejercicio de su derecho a desarrollarse dentro de un núcleo familiar permanente.
La resolución expuso que Jalisco presenta una contradicción en su marco jurídico local, ya que el Congreso del Estado retiró la adopción simple de su Código Civil, pero mantuvo vigente el procedimiento dentro del Código de Procedimientos Civiles estatal.
Con este fallo judicial, el Poder Legislativo de Jalisco queda estrictamente obligado a reanudar la armonización de sus leyes en el plazo establecido para erradicar por completo dicha figura y garantizar la protección absoluta de los derechos de los menores bajo los estándares nacionales.





