La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de un oficio de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) en el que comunica que al momento no hay consenso para hacer propuesta de designación nominal para la elección de las consejeras, consejeros y presidencia del Consejo General del Instituto Nacional Electoral del 4 de abril de 2023 al 3 de abril de 2032.
Ello, conforme a su normatividad interna y después de haber escuchado el posicionamiento y la deliberación de los grupos parlamentarios que la integran, y al no haber logrado al momento el consenso necesario.
Menciona que hoy 30 de marzo, la Junta será citada a reunión de trabajo para continuar con el diálogo exhaustivo y el impulso a la construcción de acuerdos, conforme a los plazos previstos en la Constitución Política, la Ley Orgánica del Congreso General y la Convocatoria para la elección de consejeras y consejeros del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y de sus criterios específicos de evaluación.
En ese sentido, el presidente de la Mesa Directiva, diputado Santiago Creel Miranda, señaló que la presidencia estará atenta durante el transcurso del día para conocer de los acuerdos que, en su caso, puedan alcanzarse entre los distintos grupos parlamentarios en el seno de la Junta de Coordinación Política, relativos al procedimiento.
El documento de la Jucopo precisa que, con fundamento en el artículo 41, Base V, apartado A, párrafo quinto, incisos a) al e) de la Constitución Política corresponde a la Cámara de Diputados elegir, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a las consejeras y consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Argumenta que con fecha 26 de marzo, el Comité Técnico de Evaluación remitió a la Jucopo cuatro listas en una proporción de cinco personas aspirantes por cada cargo vacante.
Con fecha 29 de marzo, los coordinadores fueron citados para dialogar, deliberar y expresarse ampliamente en relación con las listas remitidas por el Comité y el proceso de elección de los tres cargos de consejeras y consejeros, así como el de la consejera presidenta conforme a las previsiones del artículo 41 constitucional, la Ley Orgánica del Congreso General y las resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.