San Raymundo Jalpan, Oaxaca.- La LXIV Legislatura de Oaxaca prohibió los chanclazos, coscorrones, cinturonazos o cualquier castigo corporal, forma violenta de disciplina o tratos humillantes contra las personas menores de edad.
Estos correctivos prohibidos son aquellos en los cuales se use la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas.
Tampoco se podrá obligar a la niña, niño o adolescente, a sostener posturas incómodas, recibir quemaduras, ingerir alimento hirviendo, otros productos o cualquier acto que tenga como objetivo causar dolor o malestar, aunque sea leve.
La modificación legislativa establece que el castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvaloralozador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objeto provocar dolor, amenaza, molestia o humillación.
Lo anterior quedó establecido mediante diversas adiciones a los artículos 37 y 38 Bis de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca.
Por ello, las autoridades estatales y municipales deberán adoptar medidas, elaborar protocolos de atención y políticas públicas tendentes a prevenir y erradicar el castigo corporal o físico hacia niñas, niños y adolescentes.