• La violación de dicha de disposición se sancionará con multa de hasta dos mil veces la UMA

• La diputada Dionicia Vázquez García (PT) propone reformar la Ley General de Salud

Con el propósito de prohibir la venta o suministro de bebidas energéticas a menores de 18 años, la diputada Dionicia Vázquez García (PT) planteó modificar los artículos 215, 216 Bis y 419 de la Ley General de Salud y establecer que la violación de dicha disposición se sancionará con multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización. 

Las reformas precisan que sólo se podrá exceptuar dicha prohibición cuando menores de 18 años, en casos excepcionales, previa autorización por escrito de uno de sus padres o tutor y siempre que se trate de situaciones en las que se requiera una dosis de energía adicional, como en el caso de deportistas en competiciones o de alta exigencia física.

También se incluye la definición de bebida energética como “cualquier líquido que contenga estimulantes como la cafeína, taurina, tiamina u otros ingredientes que se comercialicen con la finalidad de aumentar temporalmente el nivel de energía, el estado de alerta y la capacidad de rendimiento físico o mental en las personas”.

La exposición de motivos de la iniciativa, turnada a la Comisión de Salud, señala que el consumo de bebidas energéticas en niñas, niños y adolescentes es considerado inapropiado por los expertos, debido a los estimulantes que contienen.

Menciona que, de acuerdo con investigaciones, el consumo frecuente de estas bebidas puede afectar negativamente el equilibrio adecuado de carbohidratos, grasas y proteínas necesarias para un óptimo crecimiento, desarrollo y salud. Por ello, es importante concientizar sobre los riesgos asociados al consumo de bebidas energéticas en los menores de 18 años y promover una alimentación y estilo de vida saludables para su bienestar general.

El documento refiere que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que el consumo excesivo de bebidas energéticas está asociado a sobredosis de cafeína, diabetes tipo 2, problemas durante el embarazo, efectos neurológicos y cardiovasculares en niños y adolescentes, dependencia, mala salud dental y obesidad.

Asimismo, la OMS recomienda a los gobiernos introducir las siguientes políticas regulatorias: un límite sobre la cantidad de cafeína que puede llevar una bebida, una restricción sobre su venta a niños y adolescentes, educar a quienes ofrecen cuidados médicos en torno a la intoxicación, dependencia y síndrome de abstinencia de cafeína y regular la publicidad de bebidas energizantes.

​Resalta que en México no se cuenta con medidas suficientes para proteger a los menores de 18 años con relación al consumo, venta y distribución de bebidas energéticas. Esto ha llevado a un consumo excesivo de productos que contienen aditivos y estimulantes, lo que representa un grave riesgo para la salud de este sector poblacional.

Ante ello, es importante implementar medidas de regulación y control para proteger la salud y bienestar de las niñas, niños y adolescentes y con la iniciativa se pretende establecer la prohibición de la venta de bebidas energéticas a menores con el objetivo de proteger su salud y bienestar, evitando que consuman productos que tengan efectos negativos en su organismo.

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