Ciudad de México.- La Secretaría de Energía (Sener), publicó una nueva política de confiabilidad para la red eléctrica nacional estableciendo mecanismos de control sobre el funcionamiento y entrada de las energías renovables, otorgándole a la empresa del estado la Comisión Federal de Electricidad (CFE), más poder de decisión en el mercado.

Como parte de esta nueva estrategia, el pasado 27 de abril, el Centro Nacional de Control de Energía, encargado de operar el sistema eléctrico del país, suspendió las pruebas operativas de plantas de generación eléctrica solares y eólicas, después de que la Sener solicitara mecanismos necesarios para fortalecer y mantener la calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del suministro eléctrico.

El acuerdo del CENACE también frena la entrada de nuevas centrales solares y eólicas al mercado eléctrico.

La iniciativa privada criticó el acuerdo denunciando que intenta beneficiar a la CFE bajo el pretexto de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

El sector empresarial ha anunciado que promoverá la defensa judicial y hasta los arbitrajes internacionales para defenderse de esta nueva política.

En este sentido, un juez otorgó las primeras suspensiones provisionales a dos firmas de energías renovables. Sin embargo, el amparo no afecta la publicación de la nueva política de confiabilidad de la Secretaría de Energía (Sener)

El juzgado primero de distrito en materia de Competencia Económica y Telecomunicaciones dio entrada al amparo presentado por la empresa española Mexsolar XI, que construye un parque solar llamado Perote, en Veracruz, además de otorgarle la suspensión provisional contra los efectos de este acuerdo.

La empresa pide la protección de la justicia en contra del acuerdo emitido el 29 de abril por el gestor del sistema eléctrico y, en específico, del punto quinto de las acciones a tomar, donde se pretendía frenar las pruebas preoperacionales de las centrales solares y eólicas argumentando problemas de intermitencia y fallas en la red a causa de la crisis sanitaria, que había tumbado el consumo eléctrico.

Mexsolar XI señaló en los conceptos de agravio presentados en la demanda de amparo: “lLa omisión de no llevar a cabo la evaluación de competitividad en el Mercado de Certificados de Energías Limpias conforme al Artículo Vigésimo Transitorio del Decreto por el cual se emitió el LTE (Ley de Transición Energética); la omisión de iniciar y tramitar el procedimiento previsto en el artículo 94 de la (Ley Federal de Competencia Económica)”.

El juez también admitió la demanda de amparo de la compañía italiana Enel Green Power, para frenar la entrada en operación de centrales eléctricas de energía renovable.

Se trata del parque eólico Dolores, ubicado en Nuevo Léon, con una capacidad instalada de 244 MegaWatts (MW). Este proyecto corresponde a la tercera subasta eléctrica, con una inversión de 280 millones de dólares.

La suspensión provisional frena de manera momentánea los efectos del instrumento, con el fin de evitar daños a la parte agraviada hasta que el juzgado no resuelva el fondo del asunto, lo que puede tardar varios meses o hasta años.

El gremio de firmas solares y eólicas esperaba alguna suspensión provisional para bloquear las consecuencias del acuerdo para todo el sector, no obstante, el amparo protege a la persona o actor que los promueve, por lo que las empresas deben ir a los tribunales a interponer el su recurso.

Las asociaciones solar y eólica apuntaron que el acuerdo iba dirigido a frenar su avance en el mercado en beneficio de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y que CENACE no había justificado la medida debido a la emergencia por la COVID-19.

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