Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión de la política de confiabilidad publicada por la Secretaría de Energía (Sener) en mayo pasado.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), dirigida por Alejandra Palacios, interpuso una controversia constitucional contra las últimas medidas publicadas por la Sener, para que sea la Suprema Corte quien determine si la dependencia dirigida por Rocío Nahle tiene la facultad de emitir una regulación que ignore las facultades del organismo antimonopolios.

La suspensión es de efecto general, es decir, aplica para todos los participantes del mercado eléctrico y, estará vigente por el tiempo que tome la Suprema Corte para decidir su fallo.

“Se concede la medida cautelar solicitada por la Comisión Federal de Competencia Económica, para el efecto de que se suspendan todos los efectos y consecuencias del acuerdo por el que se emite la política de confiabilidad, seguridad, continuidad y calidad en el sistema eléctrico nacional”, se lee en un documento de la SCJN.

Esta es la tercera suspensión que se dicta para detener las medidas contenidas en la política publicada por Sener. En las últimas dos semanas, dos jueces en materia de competencia concedieron la medida a las organizaciones ambientalistas Defensa Colectiva y Greenpeace.

La política de confiabilidad acumula 72 solicitudes de amparo por parte de compañías privadas y organizaciones.

En su recurso, la Cofece consideró que la política emitida por el gobierno federal es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad.

“El instrumento publicado afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector.

Ello porque la política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica”, estimó la Cofece.

El órgano autónomo mencionó que el acuerdo de la Sener incide de manera grave y trascendente en su esfera de actuación, al impedirle promover y proteger la competencia y libre concurrencia en el mercado eléctrico.

También considera que la política de la Sener elimina la posibilidad de que el mercado eléctrico opere en condiciones de competencia, pues compromete el acceso no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución; dificulta la entrada de nuevas compañías al mercado y da ventajas a algunos participantes.

La política de confiabilidad fue publicada en ‘fast track’ por Sener el 15 de mayo pasado sin pasar por el proceso necesario ante la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer).

Con esta, la dependencia dirigida por Rocío Nahle busca ampliar el uso de centrales eléctricas propiedad de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y limitar los permisos para plantas eólicas y solares, así como modificar algunos de los procedimientos llevados a cabo por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace).

En su cuenta de Twitter, la titular de la Sener aseguró que el gobierno federal respetará la decisión que tomó la SCJN.

“El Ejecutivo tiene obligación de otorgar seguridad y custodia del sistema energético en México. El gobierno federal es respetuoso de las decisiones del poder judicial, cualquier controversia vamos a combatirla en los tribunales con argumentos sólidos para mantener la confiabilidad del sistema eléctrico nacional”, escribió.

Con información de SCJN, Forbes y El Economista.

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